Desde NACS se ha publicado, con la colaboración del Ayuntamiento de Corbera de Llobregat, una guía sobre la tenencia responsable de los animales de compañía. Para consultar la guía, puede descargarla aquí:
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CENSO:
Se tienen que censar los perros, los gatos y los hurones en el Ayuntamiento del municipio donde los animales residen de manera habitual. Como máximo se les tiene que censar a los tres meses desde su nacimiento y como máximo a los 30 días desde su adquisión (compra, regalo o encuentro).
Los requisitos para el censo son los siguientes:
En caso que el animal se pierde, hay que comunicarlo al Ayuntamiento antes de las 48 horas. Si lo han robado, además, se tiene que hacer denuncia en la Policia.
En caso de cambio de residencia o muerte del animal hay que comunicarlo al Ayuntamento donde está censado antes de 30 días.
IDENTIFICACIÓN:
Se tiene que identificar el animal con microchip homologado (implantado por un veterinario). Además, en ,os espacios públicos y en la vía pública, los animales tienen que
llevar de manera permanente una placa de identificadora adaptada al collar en la que tiene que constar el nombre del animal y los datos de la persona responsable (nombre y apellidos y teléfono).
Se tiene que identificar el animal previamente y obligatoriamente antes de comprarlos o de venderlos y antes de los 30 días si el animal lo hemos encontrado o nos lo han regalado, así como antes de 3 meses desde la fecha de su nacimiento.
INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE ANIMALES:
Poseer animales de compañía sin el microchip, sin censar o sin placa identificadora en los espacios públicos: multa de 100 a 400 Euros.
Poner resistencia a la función inspectora de los agentes de la autoridad: multa de 401 a 2000 Euros.
Abandono o maltrato: multa de 2001 a 20.000 Euros.
Recordar que los perros de raza peligrosa tienen que disponer de seguro de responsabilidad civil, licencia municipal y en los espacios publicos tienen que llevar correa y bozal.
Fuente: Agents Rurals
Más información:
Tel. 93 561 70 00
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